| Nuestro personal especializado con 10 años de experiencia le ofrece asesoría en todo el procedimiento de aplicación de residencia en nuestro país en las distintas categorías:
RESIDENCIAS PERMANENTES
a) Inmigrantes, que podrán ser espontáneos, llamados o asistidos.
b) Pensionados o rentistas.
c) Inversionistas.
d) Parientes de ciudadano costarricense, entendiéndose como tales al cónyuge, hijos, padres y hermanos solteros.
RESIDENCIAS TEMPORALES
a) Científicos profesionales, técnicos o personal especializado, contratados por empresas o instituciones establecidas o que desarrollen actividades en el país, para efectuar trabajos de su especialidad.
b) Empresarios, hombres de negocios y personal directivo de empresas nacionales o extranjeras.
c) Estudiantes.
d) Religiosos que se dediquen a las actividades propias de su culto o a la enseñanza.
e) Asilados y refugiados.
f) Cónyuge e hijos menores de las personas mencionadas en las categorías anteriores.
Además le ofrecemos asesoría en los procedimientos para aplicar por visas restringidas(Cubanos, Asiáticos, Haitianos, etc.), visas de ingreso múltiples, permisos temporales de trabajo, de estudiantes, de empleadas domésticas, prórrogas de turismo, salida del país de menores de edad y todo lo que se refiera al tema de inmigración y migración.
NOTA: Importante para aplicar para residencias es indispensable certificado de nacimiento, antecedentes penales y certificado de matrimonio todos los documentos debidamente legalizados por el Cónsul de Costa Rica en el país de origen del aplicante. |